Por Aleida Hernández Cervantes
El pasado 7 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia Nacional declaró inconstitucionales varias disposiciones del Código Penal del Estado de Coahuila en México, las cuales penalizaban la interrupción del embarazo en la primera etapa de gestación. En esta nota, Aleida Hernández Cervantes, profesora e investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México, aborda esta histórica decisión de la Corte y reflexiona sobre sus implicancias en relación a la ampliación de derechos que se abre en el país.
A la edad de 21 años, ella estudiaba la carrera profesional, trabajaba y tenía dos niñas pequeñas de 1 y 2 años cuando los anticonceptivos fallaron. Otro embarazo, otro parto, otra crianza, otra boca qué mantener, en ese momento de su vida, sería insostenible. Eran los años ochenta en México y la mayoría de los códigos penales locales, solo permitían la interrupción del embarazo por violación, malformación del feto o el riesgo de salud de la madre, así que, acompañada de su esposo, ella acudió a una clínica clandestina a interrumpir su embarazo. Después de algunos años, se graduó como química farmacobióloga y, a la vuelta de una década, volvió a ser madre por tercera ocasión. Esta es la historia de una de miles mujeres que, en ejercicio de su autonomía y libertad sexual y reproductiva, decidió interrumpir un embarazo. Pero cientos de ellas, por tomar esa decisión, están en la cárcel, en su mayoría se trata de mujeres pobres que no tuvieron la posibilidad de interrumpir su embarazo en condiciones de higiene, salud y seguridad, lo que ocasionó que terminaran acudiendo de urgencia a un hospital en el que fueron referidas a un ministerio público que las acusó frente a un juez. Por eso, como bien dice la filósofa feminista Graciela Hierro,2 la interrupción voluntaria del embarazo siempre sido un problema económico, además de ética personal y de salud pública, pues cuando se tiene dinero para afrontarlo se recurre a hospitales con condiciones adecuadas para realizar la interrupción, sin mayor problema. En efecto, el problema es para las mujeres más pobres que son las más vulnerables.
El pasado 7 de septiembre, por unanimidad de diez ministr@s, la SCJN declaró inconstitucionales varias disposiciones del Código Penal del Estado de Coahuila, las cuales establecían penas que ameritaban cárcel para las mujeres y quienes les ayudaran a interrumpir un embarazo. Esta decisión de la Corte, es histórica por ser la más importante en cuanto al reconocimiento de la libertad y autonomía de decisión de las mujeres y, sobre todo, porque es, desde ya, un criterio obligatorio que prohíbe a todos los jueces y juezas locales y federales, juzgar y criminalizar a las mujeres por interrumpir un embarazo. Otra decisión de la SCJN tomada en esta misma semana, fue la de invalidar la parte del artículo 4 de la Constitución local del Estado de Sinaloa que tutelaba la vida desde la concepción y que limitaba los derechos de las mujeres. Con ambas decisiones se fortalece el criterio institucional y jurisdiccional de la Corte de que ni los jueces ni los legisladores pueden limitar y criminalizar el derecho de las mujeres a decidir con autonomía sobre su propio cuerpo. También implica un viraje en esa ruta conservadora que varios estados de la República Mexicana han estado impulsando desde 2008 al legislar en las constituciones locales y sus códigos penales sobre la tutela de la vida desde la concepción y del aumento de penas privativas de la libertad para las mujeres y las redes de apoyo en la interrupción del embarazo.
Según el estudio realizado por Gire Maternidad y castigo,3 19 entidades federativas realizaron reformas a sus constituciones locales en los últimos años, con el fin de “proteger la vida desde la concepción”. Baja California, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Sinaloa, Tamaulipas, Veracruz, Coahuila, Yucatán y Nuevo León siguieron esa ruta, en una reacción conservadora frente a la despenalización y legalización que la Ciudad de México, antes Distrito Federal, llevara a cabo en el año 2000. La legalización de la interrupción del embarazo en Ciudad de México implicó la institucionalizó de un procedimiento mediante el cual, toda mujer que voluntariamente decida interrumpir su embarazo lo puede hacer en los hospitales públicos que el gobierno de la Ciudad ha destinado para ello, sin costo y en condiciones adecuadas para ello. Este procedimiento también lo pueden realizar los hospitales privados.
Por su lado, Oaxaca en septiembre de 2019 despenalizó el aborto en su Código Penal hasta las doce semanas de gestación.
Así, es importante distinguir la diferencia entre despenalizar el aborto y legalizar la interrupción voluntaria del embarazo. Despenalizar, implica que los marcos jurídicos, especialmente los códigos penales, excluyan el aborto como delito y con ello, se termine con la criminalización de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo en el ejercicio de su libertad y autonomía corporal. Que se prohíba, como estableció la decisión de la Corte, toda norma jurídica que imponga penas por abortar y se deje de considerar como delincuente a una mujer, por practicarse un aborto. Ese es un primer y gran paso en el reconocimiento de derechos de las mujeres.
Legalizar la interrupción voluntaria del embarazo, es el otro gran paso que se debe dar a nivel nacional y consiste en lo que se ha realizado con éxito durante veinte años en Ciudad de México: la institucionalización del acceso a la interrupción legal del embarazo en instituciones públicas de salud, en condiciones adecuadas y sin mediar juicios morales, solo garantizando el cumplimiento del derecho que tienen las mujeres a decidir sobre su cuerpo y su proyecto de vida. Las demás entidades del país pueden ir tomando nota y aprendiendo de la experiencia que ha tenido la Ciudad de México.
Lo que pudimos presenciar esta semana en México, es obra de la marea verde, es una marea alta y tiene mucha fuerza, por eso nadie espere que pueda dar marcha atrás.
Aleida Hernández Cervantes es profesora e investigadora de la UNAM, ha escrito diversos libros y artículos sobre derecho, seguridad social, trabajo, despojo, luchas sociales y derechos de las mujeres. Actualmente es integrante del Grupo Interinstitucional y Multidisciplinario para atender la Declaratoria de Alerta por Violencia de Género contra las mujeres de la Ciudad de México.
1 Este texto se publicó previamente el 10 de septiembre en la columna “Política Feminista” en el siguiente portal: https://julioastillero.com/politica-feminista-despenalizar-y-legalizar-el-aborto-en-mexico-autora-aleida-hernandez-cervantes/
2 Conferencia Ética y aborto, dictada en la UNAM, el 31 de agosto de 2000, como parte de las discusiones en torno a la despenalización del aborto en la Ciudad de México. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=WiE5ovTGCMo&t=2s
3 GIRE. Maternidad o castigo. La criminalización del aborto en México. Recuperado de https://gire.org.mx/wp-content/uploads/2019/11/Maternidad_o_castigo.pdf