Industria del cannabis medicinal y cáñamo industrial
Cannabis, una industria nacional

Por Brenda Maier

La semana pasada se sancionó la Ley 27.669 que brinda el marco regulatorio de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial. Esta normativa profundiza la Ley 27350 de investigación de cannabis medicinal, que había sido sancionada en 2017.
Brenda Maier destaca que a nivel mundial “las regulaciones de cannabis son una realidad, ya no se discuten sus beneficios, sino que a partir de considerar las potencialidades de la planta y sus derivados el desafío se centra en cómo avanzar en una óptima regulación que permita posicionar a la Argentina en este mercado.”

El 5 de mayo se sancionó la Ley 27.669 que brinda el marco regulatorio de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial. El proyecto fue enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo Nacional, fue redactado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación y acompañado por las diputadas nacionales del Frente de Todos Carolina Gaillard (Entre Ríos) y Mara Brawer (CABA) y la senadora nacional Anabel Fernández Sagasti (Mendoza).

La sanción en 2017 de la Ley de investigación de cannabis medicinal habilitó la posibilidad de generar cultivos para investigar y explorar las potencialidades medicinales y científicas, siempre y cuando, entre las partes se encuentren involucrados el CONICET o el INTA, pero no brindó marco jurídico para el desarrollo de la industria nacional del cannabis y sus derivados. Esto generó diferentes acuerdos y convenios entre los organismos en conjunto con universidades, empresas, organizaciones de la sociedad civil, provincias y municipios. Si bien la Ley 27.350 no establece ningún artículo que autoriza o prohíba la comercialización, los productos que surgieron como fruto de las investigaciones se enmarcaron en el artículo 6 de esa Ley, que hace alusión al abastecimiento de derivados de cannabis para las jurisdicciones. De esta manera, se avanzó en algunos derivados como el aceite CBD 10 que presentó el gobierno jujeño a través de su empresa estatal Cannava S.E, el aceite de cannabis LIF, elaborado por el Laboratorio Industrial Farmacéutico de la provincia de Santa Fe, y el Federal, derivado de cannabis también presentado en formato de aceite que está en proceso de elaboración en Chilecito, provincia de La Rioja. Todas estas experiencias se enmarcan en distintas investigaciones y rápidamente generaron productos de calidad para garantizar el acceso a su población. Sin embargo, los desarrollos que realizaron y sus proyecciones permiten ampliar las fronteras provinciales. Ante el acelerado incremento de interés por parte de los distintos actores para formar parte de este mercado, atento y frente a las limitaciones que presenta la ley medicinal y a los cambios que se están dando en el mundo en torno al mercado legal del cannabis, se presentó el escenario para avanzar en una ley que promueva el desarrollo productivo. El progreso que se ha dado en distintas partes del mundo con las regulaciones de cannabis son una realidad, ya no se discuten sus beneficios, sino que a partir de considerar las potencialidades de la planta y sus derivados el desafío se centra en cómo avanzar en una óptima regulación que permita posicionar a la Argentina en este mercado en expansión.

Un ordenamiento jurídico de estas características posibilita en nuestro país el impulso para industrias claves por las diversas capacidades que presenta: experiencia agropecuaria, desarrollo científico, tecnológico e industrial, al tiempo que cuenta con una extensa red de laboratorios tanto públicos como privados. Asimismo, posee capacidad instalada, debido a las distintas iniciativas que las provincias, que el INTA y los organismos científicos vienen desarrollando desde el 2019 en el marco de la ley de investigación de cannabis, y las organizaciones de la sociedad civil han perfeccionado su know how en los últimos años. Con esta nueva legislación se pretende beneficiar a las sociedades públicas y privadas y brindarle incentivos y fomento especialmente a las organizaciones de la sociedad civil que se constituyan como cooperativas y a los pequeños y medianos productores. Se creará una agencia regulatoria interministerial, tal como lo solicita la Convención Única de Estupefacientes de 1961, que tendrá representación de los Ministerios de Desarrollo Productivo, Salud, Agricultura, Ciencia y Seguridad de la Nación.

La Agencia contará con dos consejos, uno consultivo y otro federal, con el objeto de garantizar las distintas perspectivas tanto de los sectores involucrados como los intereses de las provincias, asegurando que esta nueva industria tenga un desarrollo armónico y equilibrado.

Actualmente, en los términos de la ley de investigación de cannabis medicinal hay 28 proyectos aprobados, situados en las provincias de Buenos Aires, Corrientes, Misiones, Salta, Jujuy, Mendoza, San Luis, San Juan, Santa Fe, Córdoba, La Rioja, Chubut y Rio Negro. Las diversas y distantes localizaciones permiten dar cuenta que el potencial y la viabilidad de esta industria se extiende a lo largo y a lo ancho del territorio nacional. Asimismo, universidades de distintos puntos del país han comenzado a realizar estudios de las variabilidades genéticas de las semillas, identificación de los componentes activos de la planta, adaptabilidad de las distintas cepas, potencialidades productivas del cáñamo, nuevas formas de derivados, etc. Desde las ciencias sociales se desarrollan investigaciones orientadas a generar conocimientos sobre los aspectos sociales y jurídicos como es el caso del observatorio de Cannabis de la UNPAZ, la revista de divulgación que presentó la Universidad Nacional de Quilmes o la investigación sobre regulaciones comparadas de la Provincia de Buenos Aires que aprobó el PIT-CONUSUR.

Las regulaciones en torno al cannabis están comenzando a expandirse, disputando el rol preponderante de los fundamentos morales que aún continúan vigentes, reduciendo la discusión a si determinadas sustancias son buenas o malas, retroalimentando la criminalización y la estigmatización de determinadas poblaciones, y no habilitando a un juego limpio donde se debata la regulación de todas las sustancias en general. Podríamos preguntarnos por qué, a pesar de no tener ningún beneficio para la salud, el tabaco y el alcohol son legales y de venta libre, mientras que el cultivo de la planta de cannabis está prohibido desde hace 60 años. De todos modos, sin prisa pero sin pausa, el consenso social en torno la legitimidad del uso del cannabis fue ampliándose, existe evidencia clínica de los beneficios para la salud de los productos de cannabis, va en aumento el uso por parte de distintos segmentos poblacionales. Por tanto, la necesidad de regular los mercados para garantizar productos seguros y de calidad representa un avance y una oportunidad.

Un apartado especial debe hacerse al cáñamo, variedad de cannabis sin o con bajo componente psicoactivo que también reguló la reciente ley 27.669. Los desarrollos en el mundo con los derivados de esta subespecie son prometedores, esta industria está renaciendo en varios puntos del planeta por los numerosos productos que puede generarse como papel, uso textil, creación de bioplástico, materiales para la construcción o productos alimenticios.

Celebramos esta nueva legislación porque genera cambios en el paradigma que regula las políticas de drogas, promueve la soberanía, se centra en proteger y garantizar el derecho a la salud, fomenta el trabajo, el desarrollo tecnológico-científico y la industria nacional.

 

 


Brenda Maier es Lic. en Trabajo Social (UBA), Magister en Epidemiología, Gestión y Políticas de Salud (UNLa), coordinadora del Departamento de Salud (CCC), docente universitaria (UBA) y coordinadora del Observatorio de Cannabis (UNPaz). Se desarrolla como investigadora de políticas de drogas desde el 2007, habiéndose especializado en el campo del cannabis con fines medicinales y terapéuticos.

 

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