Por Mauricio Chamorro Rosero
En agosto de 2023 el gobierno de Gustavo Petro envió al Congreso de la República un pretencioso proyecto de reforma laboral que buscaba evitar la precarización laboral en Colombia. El investigador Mauricio Chamorro Rosero pone el foco en el trabajo agrícola y pone de relieve el modo en que el Congreso no aprueba tres importantes artículos que pretendían dignificar el trabajo agrícola asalariado, el trabajo de los “pobres entre los pobres del campo”
En el año 1996, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) preparó un informe sobre las condiciones de empleo y de trabajo de los asalariados agrícolas alrededor del mundo. El propósito de este informe era servir de punto de partida para las discusiones de la Reunión Tripartita, las cuales tratarían sobre las posibilidades de mejora de las condiciones del trabajo agrícola asalariado en el contexto de la restructuración económica. Las conclusiones a las que llegó este informe, extraídas del análisis de las condiciones de los asalariados y las asalariadas agrícolas de más de 70 países, fueron contundentes: la mayor parte de los trabajadores y las trabajadoras agrícolas asalariadas acceden a empleos ocasionales, trabajan en condiciones altamente precarias y disponen de una protección social mínima o carecen absolutamente de ella. De ahí que este grupo poblacional haya padecido con mayor intensidad la pobreza rural, caracterizándose por una situación de pobreza generalizada que, como lo señaló un comunicado de prensa emitido por la propia OIT, los había convertido en los “pobres entre los pobres del campo”.[1]
Ya han transcurrido cerca de tres décadas desde que el informe de la OIT denunció las condiciones precarias en las que se desarrollaba el trabajo agrícola asalariado en varios países del mundo; sin embargo, en el caso de Colombia está situación no parece mejorar. Según la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH), para el mes de mayo de 2022 más de 3.5 millones de personas ocupadas en Colombia se encontraban vinculadas al sector agrícola, lo que equivale al 16% del total de la población ocupada a nivel nacional. De este porcentaje, cerca del 40% podría ser considerado trabajador y trabajadora agrícola asalariada; es decir, personas cuya subsistencia depende, principalmente, del salario que obtienen a partir de la venta de su fuerza de trabajo. Pese a la significativa proporción que representa este grupo poblacional, en Colombia la informalidad laboral en el sector agrícola se acerca al 86%, duplicando el porcentaje del sector urbano (43%),[2] lo que ha influenciado que la pobreza sea mucho mayor en las zonas rurales (25.1%) que en los centros urbanos (8.3%).[3]
La extrema informalidad laboral, sumada a las condiciones de pobreza y violencia en las que se encuentra inmerso el trabajo agrícola asalariado en el país, propició que, en el marco del Acuerdo de Paz del 2016, el Estado colombiano se comprometiera a mejorar la situación de los asalariados y las asalariadas agrícolas. Aunque a partir de la firma del Acuerdo se han presentado algunos avances, el intento más consistente de formalización y mejora de las condiciones del trabajo agrícola asalariado fue su inclusión en el proyecto de reforma laboral presentado por el gobierno de Gustavo Petro en el año 2023. No obstante, tras los debates legislativos en la Cámara de Representantes, el 8 de octubre de 2024 los artículos que protegían directamente los derechos de estos trabajadores y trabajadoras fueron eliminados.
El trabajo agrícola asalariado tras el Acuerdo de Paz
El trabajo agrícola asalariado es mencionado explícitamente en el punto uno del Acuerdo de Paz, que se encuentra relacionado con la Reforma Rural Integral. Según se precisa en el Acuerdo, esta reforma busca sentar las “bases para la transformación estructural del campo, crea condiciones de bienestar para la población rural —hombres y mujeres— y de esa manera contribuye a la construcción de una paz estable y duradera”.[4] Así las cosas, pretendiendo crear condiciones de bienestar para la población rural, el Acuerdo ha exigido que el Estado colombiano desarrolle una legislación efectiva para que los trabajadores y las trabajadoras agrícolas asalariadas sean beneficiarios del plan de adjudicación de tierras, del subsidio integral y del crédito especial para la producción agraria. De igual forma, el Acuerdo persuadió al Estado para que genere condiciones reales de formalización laboral rural y protección social mediante un plan progresivo.
Hasta la fecha, es posible asegurar que uno de los aportes más importantes que ha influenciado el Acuerdo de Paz respecto a la protección y mejora de las condiciones del trabajo agrícola asalariado es la adopción, por parte del Ministerio de Trabajo, del Plan Nacional Progresivo de Protección Social y Garantía de Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras Rurales. Este Plan fue adoptado en diciembre del 2020 y se trazó como principal objetivo: “promover los principios y derechos fundamentales en el trabajo, incentivar el trabajo decente y la formalización laboral, y facilitar el acceso y mejorar la cobertura del sistema de protección y seguridad social”.[5]
El Plan Nacional Progresivo de Protección Social y Garantía de Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras Rurales apela a tres grandes ejes para hacer frente al difícil panorama de las condiciones del trabajo agrícola asalariado en Colombia: 1) erradicar el trabajo infantil, 2) incrementar la cobertura de protección para población vulnerable rural, especialmente para las personas adultas mayores, y 3) formalizar y ampliar el empleo rural, en particular para las mujeres y las personas en condición de discapacidad. Según el Plan Nacional, estos tres grandes ejes de acción se harán efectivos mediante distintos tipos de actividades, como la producción normativa, la creación de políticas públicas específicas y la organización de campañas de promoción, prevención y sensibilización.
De igual manera, con el propósito de cumplir con los compromisos establecidos en el Acuerdo de Paz y mejorar las condiciones de los asalariados y asalariadas agrícolas, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) propuesto por Gustavo Petro (2022–2026) se ha comprometido con el fortalecimiento de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras rurales, pues una de las grandes transformaciones incluidas en el PND ha sido la seguridad humana y justicia social. Dentro de esta gran transformación, que entre otras cosas busca expandir las capacidades para que la población logre su proyecto de vida, se encuentra explícitamente garantizar el trabajo decente y el empleo rural en Colombia.
La reforma laboral y el trabajo agrícola asalariado
Atendiendo las transformaciones propuestas en su PND, en el mes de agosto de 2023 el gobierno de Gustavo Petro, en cabeza de la ministra de trabajo Gloria Inés Ramírez, radicó en el Congreso de la República un proyecto de reforma laboral que busca evitar la precarización y, de esta manera, dignificar el trabajo en Colombia. El camino de aprobación de esta reforma no ha sido nada fácil, pues tiene serios contradictores entre los que se encuentra una élite empresarial del país que concibe la reforma laboral contraria a sus intereses. Sin embargo, los pactos que el actual gobierno ha logrado construir en el Congreso de la República le permitieron, el pasado 8 de octubre, aprobar 53 artículos de la reforma laboral. Entre estos artículos se destaca la formalización del trabajo doméstico remunerado y del trabajo de madres comunitarias y sustitutas. Es importante mencionar que, en la actualidad, estos tipos de trabajos se encuentran inmersos en amplias dinámicas de precarización laboral, desprovistos de una protección jurídica que garantice sus derechos.
Si bien la formalización del trabajo doméstico remunerado y del trabajo de las madres comunitarias y sustitutas representa el saldo de una deuda pendiente por cumplir, en el proyecto de reforma laboral también se había incluido a otro grupo de trabajadores y trabajadoras que están al margen de la garantía de sus derechos: los asalariados y las asalariadas agrícolas. La reforma laboral había incluido tres artículos que trataban, específicamente, de mejorar las condiciones del trabajo agrícola asalariado; no obstante, estos artículos fueron eliminados de la reforma que seguirá su curso de aprobación en el Congreso de la República.
Los artículos que fueron eliminados de la reforma laboral, y que buscaban garantizar los derechos de los asalariados y las asalariadas agrícolas, tenían como propósito la regulación del contrato laboral agropecuario (artículo 31), la formalización del trabajo a jornal (artículo 32) y la garantía de la vivienda digna para este grupo de trabajadores (artículo 33). En cuanto al contrato agropecuario, la reforma laboral buscaba la incorporación al marco jurídico nacional de los contratos de trabajo relacionados con actividades pecuarias, agrícolas, forestales, hortícolas, acuícolas, apícolas u otras semejantes. Por su parte, la formalización del contrato a jornal tenía como propósito garantizar a trabajadores y trabajadoras el pago de un salario digno que compense el valor de las prestaciones sociales y otros beneficios legales, prohibiendo, además, las remuneraciones salariales inferiores al salario mínimo diario legal vigente. Finalmente, la reforma también pretendía que el empleador garantice la vivienda digna de los asalariados y las asalariadas agrícolas que residen en el lugar de trabajo.
Una lectura cuidadosa de los artículos que procuraban garantizar los derechos de los asalariados y las asalariadas agrícolas permite comprender que los argumentos de los detractores, los cuales votaron por la eliminación de estos artículos, son falsos. Algunos congresistas que decidieron su voto por la eliminación de estos artículos argumentaban que su aprobación iba a desincentivar la oferta de trabajo agrícola, incrementando el desempleo en las zonas rurales. De igual manera, aseguraron que la aprobación de estos artículos perjudicaba la producción agrícola del país. No obstante, estos argumentos ocultan una férrea defensa del modelo convencional de producción agraria que, entre otras cosas, ha sustentado el incremento de sus ganancias en la explotación de la clase trabajadora.
En Colombia, la explotación de la fuerza de trabajo ha sido uno de los factores que han permitido que el país se inserte y pueda competir en los mercados agroalimentarios globalizados. Debido a su desprotección jurídica, en muchos casos la remuneración del trabajo agrícola es inferior al salario mínimo legal y, además, este tipo de trabajo no cuenta con la protección social que gozan otros trabajos en el país; de ahí que gran parte del trabajo agrícola asalariado representa un empleo de estancamiento que reproduce la pobreza rural. Estas condiciones han ocasionado que algunos asalariados y asalariadas agrícolas busquen incorporarse constantemente a otros mercados de trabajo que les permitan obtener mayores ingresos económicos y un mejor nivel de vida. Así, desde hace varios años, un importante número de estos trabajadores y trabajadoras han preferido incorporarse a los mercados de trabajo no agrícola, migrando hacia los centros urbanos.
Más allá de los compromisos establecidos en el Acuerdo de Paz, superar las complicadas condiciones que atraviesan los trabajadores y las trabajadoras agrícolas asalariadas sigue siendo un desafío para un Gobierno que aboga por la justicia social. No obstante, en un contexto político como el colombiano, marcado por la presencia y la protección de los intereses económicos de la clase dominante, esta tarea es muy difícil. Por ahora, muchas empresas agrícolas podrán seguir acumulando capital a costa de la explotación laboral porque sus piezas en el Congreso de la República hicieron lo suyo: han favorecido los intereses de los grandes capitales. Por su parte, los asalariados y las asalariadas agrícolas, los pobres entre los pobres, tendrán que seguir padeciendo la invisibilización y continuar buscando otras formas de ganarse la vida.
Mauricio Chamorro Rosero
Abogado de la Universidad Cooperativa de Colombia. Sociólogo y Especialista en Estudios Latinoamericanos de la Universidad de Nariño. Magister en Antropología de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Magister en Derechos Fundamentales de la Universidad de Granada. Doctor en Sociología y Antropología de la Universidad Complutense de Madrid. Posdoctor en Ciencias Humanas y Sociales de la Universidad de Buenos Aires. Profesor e investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Cooperativa de Colombia. Profesor del Departamento de Sociología de la Universidad de Nariño. Profesor del Programa de Pós-Graduação em Direito Agrário de la Universidade Federal de Goiás. Miembro del grupo de investigación La Minga. Integrante del Grupo de Trabajo CLACSO Trabajo agrario, desigualdades y ruralidades.
[1] Véase: https://www.ilo.org/global/about-the-ilo/newsroom/news/WCMS_008424/lang–es/index.htm
[2] Véase: https://www.agronegocios.co/agricultura/la-formalidad-laboral-en-el-agro-una-tarea-que-esta-pendiente-en-colombia-2920191
[3] Véase: https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/pobreza-y-condiciones-de-vida/pobreza-multidimensional
[4] GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS DE COLOMBIA – EJÉRCITO DEL PUEBLO (GOBIERNO DE COLOMBIA Y FARC-EP). Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (24, nov., 2016), p. 10.
[5] MINISTERIO DEL TRABAJO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA. Plan Nacional Progresivo de Protección Social y Garantía de Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras Rurales (29, dic., 2020), p. 3.
Imagen de portada: freepik