Punitivismo neutralizador y disidencia política
Jujuy: El laboratorio de la represión

Entrevista a Eli Gómez Alcorta y Valeria Vegh Weis
Por Mauro Benente

El inicio del mandato de Gerardo Morales como gobernador de Jujuy coincide con la detención de Milagro Sala y la persecución judicial –no solo penal– a la organización Túpac Amaru. Eli Gómez Alcorta y Valeria Vegh Weis, autoras de Jujuy: El laboratorio de la represión, señalan que en la provincia del noroeste se puso en práctica un dispositivo que luego tendría alcance nacional: el punitivismo neutralizador, destinado de suprimir la capacidad de agencia de las disidencias políticas.  

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Mauro Benente: En el libro plantean que el mandato de Gerardo Morales en la provincia de Jujuy (2015-2023) configuró un laboratorio represivo que luego se expandió a nivel federal. ¿En qué consistió ese laboratorio? ¿En esa expansión que ustedes identifican, hay matices y líneas de discontinuidad con aquel ensayo experimental o hay réplicas muy similares? 

 

Eli Gómez Alcorta y Valeria Vegh Weis: Es casi de manual. Las estrategias que se usaron en Jujuy se empezaron a replicar a nivel nacional, primero con Macri y ahora en forma desmedida en el gobierno de Milei. Las lógicas del punitivismo neutralizador observadas en Jujuy y luego reiteradas a nivel nacional dentro del sistema penal incluyen la represión de la protesta por parte de las fuerzas de seguridad, la utilización de detenciones arbitrarias y la generación de tantas causas judiciales como sea posible, incluso por hechos triviales sobre los que no se puede avanzar judicialmente. También se observa la reapertura de causas archivadas, como en los casos de la “Balacera de Azopardo” y “Luca Arias”, e incluso en expedientes con sobreseimientos firmes de hace más de cinco años, como el “Robo del Expediente”, todos ellos seguidos contra Milagro Sala. Se suman acusaciones falsas o por hechos amparados en derechos constitucionales, incluidos actos de libertad de expresión, y el quebrantamiento de voluntades para obtener testimonios falsos en procesos judiciales, mediante premios o castigos, tal como se evidenció en las causas de Pibes Villeros, Maidana -que estaba detenido y 9 años después pide intervenir en una causa que estaba prescripta- y Cochinillo, en la causa que se conoce como de los huevos. Otra estrategia fue la manipulación de la autoría, atribuyendo la responsabilidad intelectual o la instigación de acciones como el escrache, a figuras que no fueron autores directos, como ocurrió en las causas de los huevos que le arrojaron a Gerardo Morales en 2009, y Balacera de Azopardo, donde resultó especialmente llamativo que quien declaró contra Milagro era uno de los autores directos de los hechos y luego fue liberado y sobreseído. La utilización de tipos penales abiertos, como la asociación ilícita, vulnera el principio de exteriorización, lesividad, reserva y legalidad, mientras que las condiciones de detención inhumanas impuestas por los servicios penitenciarios conforman otra de las prácticas denunciadas. Finalmente, la criminología mediática y la actuación de influencers funcionan como coautores de la criminalización.

Por fuera del sistema penal, las estrategias involucran la cooptación del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal por parte del Poder Ejecutivo, así como la quita de personería jurídica a organizaciones sociales y la incautación de sus bienes mediante el fuero contencioso administrativo. Además, existe un control o manipulación de los medios de comunicación y las redes sociales con la finalidad de difundir versiones legitimantes de las prácticas persecutorias.

 

MB: Uno de los conceptos claves del libro es el de punitivismo neutralizador. ¿Cuáles son los alcances de este concepto? En el libro lo vinculan pero también lo distinguen del Lawfare ¿Por qué la necesidad de incluir el Lawfare en este análisis del laboratorio jujeño?

 

EGA y VVW: Con punitivismo neutralizador nos referimos al uso sobrecriminalizador del sistema penal dirigido a suprimir la agencia política de cualquier persona que presente una posición contraria a quienes detentan el poder del Estado −ya sea en forma organizada o espontánea, colectiva o individual− a los efectos de garantizar la gobernabilidad en un determinado territorio, a expensas de derechos constitucionales y del diálogo democrático.

¿Contra quiénes apunta? Principalmente contra dirigentes de partidos políticos, líderes y miembros de sectores organizados en agrupaciones sociales, políticas y sindicales alineados con una agenda de justicia social, y activistas que expresan alguna opinión disidente respecto del poder, pero también contra individuos aislados que adhieren a esta agenda política e incluso contra personas que están circunstancialmente en una marcha (vendedor de choripanes en la represión del 12 de junio de 2024 en la Plaza del Congreso). Esta idea de que pueden agarrar a cualquiera en cualquier momento, tiene como finalidad bloquear la agencia política y busca la despolitización, la desmovilización, el miedo y el aislamiento.

Hay otra cuestión, de la que en general no se habla: la destrucción de la organización social. Siempre se piensa en la destrucción, eliminación o estigmatización de las dirigentes, activistas, personas. Pero a la Túpac Amaru, la organización liderada por Milagro Sala, le sacaron la personería, los bienes, las fábricas. Todo esto a través de actos administrativos y judiciales ilegales, y también parte del objetivo del punitivismo neutralizador.

El fin del punitivismo neutralizador es desarticular a la organización popular que pone en jaque la gobernabilidad autoritaria, a través del terror ejercido por medio del abuso del sistema penal y producir un efecto disuasivo en toda la ciudadanía que, por miedo a ser sobrecriminalizada, acalla cualquier crítica.

Respecto al funcionamiento del punitivismo neutralizador, lo que hicimos en el libro es pasar el tamiz por sobre todas las causas en donde se repetían prácticas y estrategias que habilitaban la condena o la persecución de opositores, ya fuese individuos u organizaciones. El punitivismo neutralizador funciona a través de un abanico de prácticas político-legales que evidencian una manipulación desvergonzada de las bases democráticas. Como marcábamos, estas prácticas incluyen a todo el sistema de justicia penal y más allá.

En el libro también marcamos que el lawfare y el punitivismo neutralizador son parecidos, pero no iguales. El lawfare es un fenómeno reciente, presente particularmente en Latinoamérica, que se enfoca en especial en candidatos o funcionarios de gobierno o de espacios de tendencias políticas progresistas a través de acusaciones de corrupción y se aplica en el marco de regímenes formalmente democráticos.

La persecución de Milagro tiene algunas de estas características. Sin embargo, se inserta en un fenómeno más amplio y con anclaje histórico: el punitivismo neutralizador. Este se enfoca no solo en los líderes políticos sino en cualquier voz disidente, ya sea de actores individuales u organizados, a través del uso sobrecriminalizador −abusivo, desproporcionado y selectivo− del sistema penal. Es de larga data y ocurre tanto en regímenes formalmente democráticos como bajo regímenes totalitarios. El punitivismo neutralizador aparece como respuesta cuando los que disienten son los marginalizados, las personas LGBTTQ+ y sus aliados y representantes. Muy diferente es la respuesta del Estado cuando los organizados pertenecen a los sectores privilegiados.

Finalmente, también diferenciamos al punitivimo neutralizador de la criminalizacion de la protesta. Esta última se enfoca en la protesta, la marcha, la movilización y usualmente queda limitada al nivel policial.

 

MB: El primer capítulo, y en el dedicado a la Escalada nacional, incluyen varias consideraciones críticas sobre el Poder Judicial, no centradas en el laboratorio jujeño sino en un registro nacional. ¿Cuáles son esas consideraciones críticas? ¿Por qué creen que los gobiernos nacionales y populares no pudieron resolver esas dimensiones críticas? ¿No había correlación de fuerzas favorable? ¿No hay formación de intelectuales orgánicos que puedan pensar y generar consensos con esas reformas? ¿Hubo convivencia entre el Poder Judicial y los gobiernos nacionales y populares?

 

EGA y VVW: Una politica fundamental que se le escapó del campo popular es la relevancia de la reforma judicial porque hubo oportunidades para hacerla, pero parecía que era una cuestión secundaria, que ahí no se decidía el futuro político del país. Y, efectivamente, nos perdimos una oportunidad. Hoy tenemos una Corte Suprema que se podría haber reformado, que se podría haber ampliado, se podría haber federalizado, podríamos tener igualdad de género, podríamos tener una corte democrática como hubo en el 2003 con el gran Zaffaroni. El Poder Judicial no es un poder secundario, es un poder que puede definir el escenario político. Pasó en Jujuy y está pasando a nivel nacional. Entonces no era un tema secundario, no era un tema del feminismo, no era un tema de la intelectualidad de las Facultades de Derecho. Era un tema que podría moldear la situación política a nivel federal hoy.

En ese sentido, las derechas y los proyectos autoritarios comprendieron cabalmente la centralidad que en esta etapa tiene el Poder Judicial, como señalamos en el libro. A apenas cuatro días de haber asumido el gobierno Gerardo Morales en Jujuy y Mauricio Macri en la Nación (el 14 de diciembre de 2015), ambos tuvieron la intención de ampliar los máximos tribunales. Uno de ellos, en Jujuy, lo logró; el otro, que intentó modificar el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia saltándose el procedimiento constitucional, no consiguió la correlación de fuerzas necesaria y debió esperar unos meses para designar a Rosatti y Rosenkratz en la Corte. Ambos jueces, en una Corte que en ese momento contaba con solo tres miembros, terminaron confirmando la condena contra Cristina Fernández de Kirchner.

Consideramos imprescindible repensar en profundidad el sistema judicial, y no solo porque ha sido tradicionalmente una herramienta del poder, sino también porque actualmente resulta fundamental para sacar a los dirigentes del campo nacional y popular de la arena política y electoral. Además, el sistema judicial ni siquiera cumple con los servicios más básicos de administración de justicia en ámbitos como el laboral, el comercial, el familiar, entre otros. Se ha convertido en un poder del Estado obsoleto, que obstaculiza el acceso a la justicia: desde el trabajador que demanda a su empleador por despido injustificado, hasta la mujer que busca protección frente a situaciones de violencia o la que lucha por cobrar alimentos del padre de sus hijxs, o el vecino que tiene un conflicto en la medianera.

Por otra parte, los funcionarixs judiciales parecen alejados de ser servidores públicos que deben rendir cuentas a la sociedad. Se los ha rodeado de privilegios —en salarios, declaraciones juradas, vacaciones, etc.— con la idea equivocada de que eso garantizaría su independencia. Sin embargo, hoy en día, los operadores judiciales, en distintos niveles, mantienen vínculos con los llamados factores reales de poder.

En la estructura y práctica del Poder Judicial se pone en evidencia, más que nunca, la dicotomía entre una democracia formal y una democracia sustantiva. En este contexto, creemos que la supervivencia de las prácticas judiciales actuales, tal como están habilitadas, asegura una democracia de muy baja intensidad. Pensar y promover la construcción de nuevos esquemas de administración de justicia, con legitimidad social y democrática, constituye una deuda pendiente del pensamiento crítico y de la práctica política emancipadora. Es necesario realizar un esfuerzo por repensar una institucionalidad judicial democrática, acorde a los tiempos actuales.

 

 


Valeria Vegh Weis (Universidad de Konstanz/UBA/UNQ). Es doctora en derecho (UBA) y magister en derecho internacional por la Universidad de Nueva York. Es investigadora senior en la Universidad de Konstanz donde se especializa en justicia transicional, criminología, criminalización de la protesta y lawfare.

Eli Gomez Alcorta (UBA/UNGS). Es abogada, especialista en Derecho Penal y doctoranda (UBA), especialista en Sociología y Ciencia Política (FLACSO). Profesora Adjunta de la Facultad de Derecho UBA y docente de posgrado UNGS. Militante de DDHH y feminista. Fue la primera ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad del país.

 

 


Imagen de portada: “El Desmembramiento de Túpac Amaru II” de Remigio Flores Gamarra.

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