Quita de pensiones
Discapacitar

Por Dra. María Pía Venturiello (IIGG-CONICET)

La pensión no contributiva por discapacidad es una medida necesaria, compensatoria aunque insuficiente para aminorar las desventajas que las personas con discapacidad enfrentan día a día para habitar un mundo que las margina y expulsa. No se trata de una consideración a una situación penosa. Constituye una obligación del Estado garantizar a la totalidad de sus ciudadanos condiciones de vida digna. Por ello, retirar tales pensiones implica discapacitar, a la vez que profundizar injusticias e inequidades sociales.
La condición de discapacidad está asociada a la falta de acceso a bienes y servicios materiales y simbólicos (educación, trabajo, servicios de salud y rehabilitación, prótesis y órtesis, transportes, libre circulación en el espacio público y privado, ocio, entre otros). El motivo de esta exclusión es la presunción de normalidad acerca de los cuerpos y de los modos de ser y estar en el mundo que conduce a la sanción social de aquellos que son ubicados en los márgenes de la norma. Sin embargo, la discriminación a su participación en la vida social no se origina en una idea abstracta de “anormalidad”, sino en cómo se expresa este concepto en cada momento de la vida cotidiana: en los espacios físicos, en las instituciones, en las relaciones sociales. Los impedimentos que impone la organización política e institucional no se superan con el tesón y los bríos personales de quienes “encarnan” la discapacidad actuando de manera aislada. Cambiar las condiciones materiales de existencia de las personas con discapacidad requiere de transformaciones sociopolíticas con una participación activa del Estado como garante de derechos humanos, sociales y políticos y la atención de las demandas de este colectivo organizado.

El argumento neoliberal que acompaña medidas como la quita de pensiones por discapacidad libra la suerte de los destinos singulares únicamente a la responsabilidad individual o bien, a su extensión posible: la familia. Asimismo, ignora que el entorno social y el Estado reproductores de las posibilidades de sustento de las personas con discapacidad, de su acceso a los apoyos necesarios para ejercer su autonomía y de su inserción en el mercado de trabajo. Un ejemplo de ello es el incumplimiento de la Ley 25.689/2002 que exige un cupo laboral del 4% para personas con discapacidad en el Estado Nacional, sus organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos. En este contexto, la quita de pensiones en discapacidad y adultos mayores respalda la idea de la absoluta responsabilidad económica y moral de la familia hacia sus miembros vulnerables y/o a los que son expulsados del mercado para obtener sus ingresos. Se construye, de este modo, la dependencia hacia los vínculos próximos por negar la interdependencia social que origina las desventajas que atraviesan las personas con discapacidad consideradas “deficientes” e “improductivas”.  Con estos procedimientos el Estado legitima las condiciones sociales de discapacitación mediante el no reconocimiento de derechos de esta población o bien, mediante su tratamiento asistencialista o caritativo. Ello se ve empeorado por la correspondencia con las desigualdades socioeconómicas que el retiro masivo e injustificado de pensiones agrava en las familias más empobrecidas. Se expresa así una política del “descuido” que pretende avanzar sobre las poblaciones más vulnerables que, sin embargo cuentan cada vez con mayor organización y la posibilidad de reflejar en sus demandas las necesidades de cuidados más básicas y universales.

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